Cláusulas
EL ORGANIZADOR:
IDENNTO SA DE CV
CEDULA FISCAL: IDE090903BX2
BOULEVARD CIRCUITO UNIVERSITARIO 399 L.21, P7. PLAZA PALMAS 2. PUNTA JURIQUILLA, CP 76230, SANTIAGO DE QUERÉTARO. QRO.
EL RECINTO:
QUERÉTARO CENTRO DE CONGRESOS
PASEO DE LAS ARTES 1531-B, DELEGACIÓN JOSEFA VERGARA, C.P. 76090, QUERÉTARO, QRO.
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PRIMERA: ORGANIZADOR Y EXPOSITOR.
Ambas partes se sujetan al tenor de lo señalado en las siguientes declaraciones y cláusulas:
PRIMERA A: EL ORGANIZADOR se obliga a facilitar a EL EXPOSITOR un espacio físico para la instalación de un LUGAR de exposición en el recinto donde se llevará a cabo LA EXPO con el tamaño y valor acordado previamente por las partes y descritos en este documento.
PRIMERA B: EL EXPOSITOR se obliga a pagar el importe total del presente contrato de acuerdo a lo descrito en el literal PRIMERA A del presente contrato. El incumplimiento por parte de EL EXPOSITOR causará una penalización del veinte por ciento (20%) del monto total del acuerdo en favor de “EL ORGANIZADOR”.
PRIMERA B2: Así mismo el abandono por parte de EL EXPOSITOR le dará derecho a EL ORGANIZADOR a que pueda disponer libremente del stand sin causar perjuicio alguno.
PRIMERA C: Las partes aceptan que todas las transferencias deberán estar claramente identificadas por parte de EL ORGANIZADOR para considerar válido el pago de EL EXPOSITOR. Para eso el comprobante de pago será enviado en forma electrónica a la cuenta de correo [email protected] que pertenece a EL ORGANIZADOR.
PRIMERA D: “EL EXPOSITOR“ se obliga a siempre realizar el depósito y/o depósitos a la misma cuenta mencionada en este documento.
PRIMERA E: En caso de que EL ORGANIZADOR decida cambiar la cuenta bancaria, se obliga a comunicar vía correo electrónico a EL EXPOSITOR sobre el cambio y esta última cuenta será la considerada válida para el dinero restante por pagar, no invalidando los pagos anteriores.
PRIMERA F: EL EXPOSITOR se compromete igualmente a, que en caso de ser necesario, el día del evento entregará a EL ORGANIZADOR copia simple de las constancias de las transferencias de sus pagos que serán cotejadas con el original para autorizar el acceso al recinto donde se llevará a cabo LA EXPO y le será asignado su LUGAR.
PRIMERA G: El número del LUGAR puede variar de acuerdo a modificaciones dentro del plano.
PRIMERA H: “EL ORGANIZADOR” se reserva el derecho de reasignar espacios y cambiar ubicaciones, horarios, fechas y programa de actividades en caso necesario por imprevistos, sucesos o condiciones no contempladas. Todo con el fin del mejor desarrollo del evento y mantener la seguridad.
PRIMERA I: En caso de que sea requerido el pago extrajudicial por parte de EL ORGANIZADOR hacia EL EXPOSITOR este ocasionará cargos de diez por ciento (10%) mensual sobre el monto total de la renta del stand como interés moratorio y cargos de cobranza que sea necesarios en su momento.
SEGUNDA: USO DEL LUGAR POR PARTE DE EL EXPOSITOR.
SEGUNDA A: EL EXPOSITOR no podrá arrendar, subarrendar, traspasar o ceder derechos del uso de su LUGAR a terceras personas si no cuenta con la autorización expresa y por escrito por parte de EL ORGANIZADOR; en caso de incumplimiento de la presente cláusula, otorgará el derecho en automático a EL ORGANIZADOR de rescindir el presente contrato sin necesidad de devolver cantidad dineraria alguna que, se tomará como resarcimiento de los daños y perjuicios causados por EL EXPOSITOR y tendrá derecho EL ORGANIZADOR a disponer libremente de dicho LUGAR.
SEGUNDA B: EL EXPOSITOR destinará el LUGAR a la exposición, promoción, contratación y venta de los servicios a que se dedica según la declaración antes vertida y especificada en el documento, bajo el ítem “MARCAS Y ARTÍCULOS A EXPONER EN EL LUGAR” y no podrá variar sin autorización expresa y por escrito de EL ORGANIZADOR.
SEGUNDA C: Los productos y/o servicios que ofrezca EL EXPOSITOR deberán desde luego tener relación directa con el tema del evento o ser complementarios de la industria. Por ningún motivo podrá anunciar, exhibir, ni vender artículos, servicios o actividades de otro giro o nocivos para el buen nombre de LA EXPO.
SEGUNDA D: En el caso de que EL EXPOSITOR no haya ocupado su LUGAR antes del término del período de instalación y montaje se considerará vacante y podrá ser reasignado por EL ORGANIZADOR sin rembolsar cantidad alguna de los pagos efectuados, los cuales se tomarán como pago de multa por no acudir a tiempo a ocupar su LUGAR.
SEGUNDA E: El uso de las marcas que EL EXPOSITOR promueva son responsabilidad expresa de EL EXPOSITOR y en caso de alguna controversia por mal uso de las mismas, EL EXPOSITOR libera de toda responsabilidad a EL ORGANIZADOR, LA EXPO y LAS MARCAS ADJUNTAN AL ORGANIZADOR.
TERCERA: REGLAMENTOS Y COMPORTAMIENTO.
TERCERA A: Ambas partes declaran además obligarse al cumplimiento del Reglamento de “EL RECINTO” y del reglamento que el comité organizador publique para la edición presente de LA EXPO.
TERCERA B: EL EXPOSITOR deberá abstenerse de generar ruido o cualquier sonido que exceda el límite establecido por la Ley y los reglamentos aplicables del recinto durante el desarrollo del evento.
TERCERA C: EL EXPOSITOR mantendrá personal de atención de su LUGAR durante todo el período que el evento se encuentre abierto al público.
TERCERA D: EL EXPOSITOR se obliga y está de acuerdo a pagar las multas que por su mal comportamiento y el de su personal se vean obligados a pagar. EL EXPOSITOR es consciente que el pago de las multas es inmediato al momento de ocurrir y notificar por cualquier medio. De igual manera es consciente de las consecuencias de sus acciones mismas que le pueden causar el cierre total del LUGAR sin derecho a remuneración o réplica.
TERCERA E: Si EL EXPOSITOR y/o personas relacionadas con él como proveedores, empleados u otros, alteran el orden, o hacen actos que lesionen la dignidad del evento, perturben las actividades o dañen de cualquier forma las instalaciones será obligado a retirarse, quedando obligado a pagar una multa de cincuenta mil pesos mexicanos ($50,000.00 00/100 MN) por concepto de daños al propio evento más los que resulten por daños a las instalaciones donde se desarrolla LA EXPO.
CUARTO: INCUMPLIMIENTOS Y CANCELACIONES.
CUARTO A: Para la cancelación del presente contrato por parte de EL EXPOSITOR se requiere dar aviso formal y por escrito a EL ORGANIZADOR hasta con 90 (noventa) días naturales de anticipación a la fecha de montaje del evento, en caso contrario se deberá cubrir el total del importe del stand, aunque EL EXPOSITOR no lo ocupe. En caso de cumplir EL EXPOSITOR con esta cláusula, El ORGANIZADOR regresará únicamente el 50% del dinero depositado en un plazo máximo de 90 (noventa) días naturales posteriores a la solicitud y podrá disponer del lugar para asignarlo a un nuevo expositor.
CUARTO B: En caso de que ocurra algún imprevisto, caso fortuito o de causa mayor ajeno a EL ORGANIZADOR que pueda obligar al aplazamiento del evento por parte de EL ORGANIZADOR, este se reserva el derecho de modificar la fecha para llevar a cabo el evento sin tener ningún tipo de penalización por parte de EL EXPOSITOR. EL ORGANIZADOR tendrá 30 días hábiles para comunicar a EL EXPOSITOR la nueva fecha de LA EXPO o generar un comunicado que le oriente a EL EXPOSITOR sobre el futuro de LA EXPO.
CUARTO C: En caso de que ocurra algún imprevisto, caso fortuito o de causa mayor ajeno a EL ORGANIZADOR que pueda obligar a la CANCELACIÓN del evento por parte de EL ORGANIZADOR“, este mismo se responsabilizará únicamente por el reembolso del dinero que por concepto del LUGAR pactado en la cláusula PRIMERA A, haya recibido por parte de EL EXPOSITOR, en un período de mayor a 90 (noventa) días naturales.
CUARTO D: Para cualquier imprevisto no contemplado en el presente contrato para EL EXPOSITOR, EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de establecer las condiciones, cláusulas y reglas adicionales al mismo, sin que ello implique novación del presente.
QUINTA: FIRMA Y ARBITRAJE.
QUINTA A: La firma del presente contrato por parte de EL EXPOSITOR y/o de su representante significa que EL EXPOSITOR ha leído el presente y acepta en su totalidad todas las condiciones, cláusulas y reglas adicionales, así como reglamentos vigentes. Este contrato se firmará por duplicado en todas sus hojas, quedando una copia con EL EXPOSITOR y otra con EL ORGANIZADOR.
QUINTA B: Ambas partes declaran que en el presente contrato no existe dolo, mala fé, error, lesión o cualquier vicio en el otorgamiento de su consentimiento y sujetan cualquier controversia que se suscite respecto a su contenido, interpretación, alcances y cumplimiento a la jurisdicción de los tribunales civiles de esta Ciudad de Querétaro, renunciando a cualquier otra que pudiese corresponder.